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Economía

Mintrab oficializa salarios mínimos que regirán en 2026

Guatemala oficializa el salario mínimo 2026 con montos por actividad y región; entra en vigencia el 1 de enero.

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Mintrab oficializa salarios mínimos que regirán en 2026
Foto: Archivo

Guatemala contará con nuevos salarios mínimos a partir del 1 de enero de 2026.

El ajuste, oficializado este lunes con la publicación del acuerdo correspondiente, establece montos diferenciados según actividad económica y región, y será de aplicación obligatoria para todos los empleadores del sector privado.

Ajuste salarial entra en vigencia en enero de 2026

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) oficializó este lunes 22 de diciembre los salarios mínimos que regirán para el sector privado durante 2026, tras la publicación del Acuerdo Gubernativo 256-2025 en el Diario de Centro América.

La normativa fija los montos aplicables a las actividades agrícolas, no agrícolas, de exportación y maquila, diferenciados por circunscripción económica.

El nuevo esquema salarial entrará en vigencia el 1 de enero de 2026 y será de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores, de acuerdo con la ubicación del centro de trabajo y el giro habitual de la actividad económica.

Dos regiones económicas con salarios diferenciados

El acuerdo mantiene la división territorial en dos circunscripciones económicas.

La Circunscripción Económica 1 (CE 1) corresponde al departamento de Guatemala, mientras que la Circunscripción Económica 2 (CE 2) abarca el resto del país.

Esta diferenciación busca reflejar las condiciones económicas y productivas de cada región, estableciendo montos específicos según el tipo de actividad laboral.

Montos establecidos para 2026

Para la CE 1, los salarios mínimos quedaron fijados de la siguiente manera:

  • Actividades agrícolas: Q124.64 diarios, equivalentes a Q3,791.20 mensuales.
  • Actividades no agrícolas: Q131.58 diarios, equivalentes a Q4,002.28 mensuales.
  • Maquila y exportación: Q112.10 diarios, equivalentes a Q3,409.73 mensuales.

En el caso de la CE 2, los montos aprobados son:

  • Actividades agrícolas: Q119.21 diarios, equivalentes a Q3,625.89 mensuales.
  • Actividades no agrícolas: Q125.49 diarios, equivalentes a Q3,816.90 mensuales.
  • Maquila y exportación: Q105.90 diarios, equivalentes a Q3,221.10 mensuales.

Supervisión y obligaciones para empleadores

El acuerdo establece que la Inspección General de Trabajo (IGT) será la entidad responsable de verificar y supervisar el cumplimiento del pago del salario mínimo conforme a la actividad económica y la circunscripción correspondiente.

Los empleadores deberán mantener registros actualizados, en los que se detalle el giro habitual del negocio y la ubicación exacta de los centros de trabajo, elementos que determinarán el salario mínimo aplicable.

El monto fijado deberá pagarse según el lugar donde se preste efectivamente el servicio laboral, independientemente del domicilio fiscal de la empresa.

Sanciones por incumplimiento

La normativa también detalla las consecuencias administrativas para los empleadores que incumplan con el pago del salario mínimo.

Estas incluyen sanciones diferenciadas según se trate de faltas o infracciones, conforme a lo establecido en la legislación laboral vigente.

Firma y oficialización del acuerdo

El Acuerdo Gubernativo 256-2025 fue suscrito por el presidente de la República, Bernardo Arévalo de León, y la ministra de Trabajo, Miriam Catarina Roquel, formalizando así el marco salarial que regirá durante el próximo año.

Con esta publicación, el país queda a la espera de la aplicación efectiva de los nuevos salarios mínimos a partir del inicio de 2026, un elemento clave en la dinámica laboral y económica del sector privado.

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