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Comienza restricción de circulación de transporte pesado
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) anuncia el comienzo de la restricción de circulación del transporte de carga a partir del miércoles 5 de abril al mediodía en cumplimiento al Acuerdo Ministerial 303-2023.
Tal medida finaliza el domingo 9 de abril a las 24:00 horas.
“Con excepción del transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, así como grúas por ser un equipo de servicios, los cuales podrán circular y no necesitan premisa”,
indica el acuerdo.
El transporte de carga podrá circular únicamente del kilómetro 290 de la carretera CA-9Norte a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-9 Norte.
También, podrán circular del kilómetro 80 de la carretera CA-9-Sur a las instalaciones del Puerto Quetzal al kilómetro 104 de la carretera CA-09-Sur-09 y al kilómetro 114 de la carretera CA-9-Sur.
“La infracción a la disposición contenida en el presente Acuerdo, que se establezca a través de los controles a aplicar en carreteras o por cualquier otro medio legal será sancionado de conformidad con las leyes vigentes. El Acuerdo entra en vigencia un día después de su publicación en el Diario Oficial”,
establece el artículo 3 del Acuerdo Ministerial.