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Por decreto Milei cerró otro Fondo Fiduciario y ahorrará millones
Meses atrás, Milei se refirió a estos fondos como “cajas negras de la política” y manifestó estar decidido a cerrarlos. “Eso hay que terminarlo. Eso pone muy nervioso a muchos. Hay muchos agentes de la política que viven de eso”, dijo en un diálogo con LN+.
En el marco del proceso de reestructuración del Estado y estabilización de las cuentas públicas, el Gobierno de Javier Milei decidió cerrar el Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO), cuyo objetivo era “promover la ganadería ovina y fomentar un desarrollo sostenible en la producción”, algo que nunca logró hacer. La medida fue oficializada mediante la resolución 650/2024, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial. Sin embargo, horas antes, el vocero presidencial, Manuel Adorni, había anunciado la decisión a través de su cuenta en X.
“Hemos decidido cerrar el Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO)”, afirmó, y precisó que “este fondo manejaba 3,000 millones de pesos anuales sin ningún tipo de transparencia”. “Desde su creación, hace más de 20 años, tampoco se han podido verificar mejoras en el sector”, concluyó en su mensaje.
La resolución establece la revocación del contrato de fideicomiso y la transferencia de las acreencias, bienes, derechos y juicios del FRAO. Este procedimiento se formalizará mediante un acta que será suscrita entre la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía y el Banco de la Nación Argentina dentro de los próximos 90 días corridos, a partir de hoy.
Por otro lado, las sumas líquidas disponibles en el fondo deberán ser depositadas en los próximos cinco días hábiles desde la instrumentación de la transferencia en la entidad bancaria mencionada.
En consonancia con lo dispuesto por el Ejecutivo, la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial, a través de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial, será la encargada de la administración y cobranza de la cartera de créditos que no se encuentren en mora o con incumplimientos que posibiliten su constitución en mora y de que estos sean transferidos al Estado nacional conforme lo establece la normativa.
“Asimismo, deberá encargarse de la liquidación de los bienes que se transfieran en cumplimiento de la presente medida y de la constitución en mora de los créditos que se encuentren con condiciones incumplidas, en un plazo de noventa (90) días hábiles”, indica la resolución.
Via: derecha diario