Mundo
Corte IDH rechaza el aborto como “derecho” en caso Beatriz vs. El Salvador
La Corte IDH, en el caso Beatriz vs. El Salvador, dictamina que el aborto no es un derecho en el Sistema Interamericano.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió este martes un fallo trascendental en el caso Beatriz vs. El Salvador, en el que confirmó que el aborto no es reconocido como un derecho en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Este caso había sido presentado con el objetivo de cuestionar la legislación salvadoreña que prohíbe el aborto en todas sus formas.
Sobre el caso Beatriz:
Beatriz, de 22 años, sufría de lupus, una enfermedad autoinmune que ya había complicado su primer embarazo. Durante su segundo embarazo, los médicos diagnosticaron al feto con anencefalia, una grave malformación congénita que impide el desarrollo del cerebro y el cráneo, condición que es incompatible con la vida fuera del útero.
En El Salvador, la interrupción del embarazo está penalizada en todas sus formas, incluso en casos de riesgo para la vida de la madre o de inviabilidad fetal. Beatriz solicitó autorización a la Justicia para interrumpir el embarazo, argumentando que continuar con la gestación ponía en grave peligro su salud y su vida. Un comité médico, compuesto por 15 especialistas, respaldó su solicitud y recomendó el aborto terapéutico.
No obstante, la Sala Constitucional de El Salvador rechazó su petición, priorizando las leyes antiaborto del país sobre las recomendaciones médicas y la situación de salud crítica de Beatriz. Esta decisión desató una controversia internacional y provocó críticas por parte de organizaciones defensoras de derechos humanos, que calificaron el fallo como una violación al derecho a la salud y a la vida de Beatriz.
En su decisión, la Corte estableció que la muerte de Beatriz, una joven salvadoreña en condiciones de vulnerabilidad, no estuvo relacionada con la negativa del Estado a practicarle un aborto ni con la prohibición de esta práctica en el país. Además, rechazó la solicitud de declarar la prohibición del aborto como una forma de “tortura” y negó ordenar reformas legales en El Salvador.
El fallo:
El fallo también recomendó la actualización de protocolos médicos para la atención de embarazos de alto riesgo, pero sin imponer cambios legislativos. De este modo, la sentencia no generó implicaciones vinculantes a nivel regional en relación con el aborto.
Un aspecto destacado del caso fue el reconocimiento de los derechos de Leilani, la hija de Beatriz, quien nació con una discapacidad grave. Este reconocimiento establece un precedente importante en la protección de los derechos de personas por nacer con discapacidad, un tema que había sido controvertido en los debates del caso.
Diferentes reacciones:
Sebastián Schuff, presidente del Global Center for Human Rights, calificó el fallo como “un retorno al respeto por la soberanía de los países y por el espíritu de la Convención Americana”. Por su parte, el juez Humberto Sierra Porto expresó una opinión parcialmente disidente, señalando que la Corte había abandonado su jurisprudencia previa en materia de derechos sexuales y reproductivos.
Con información de agencias internacionales.
Otras noticias: