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Diputado arenista capturado por enriquecimiento ilícito , lavado de dinero y activos
Horas después que la Fiscalía General de la República de El Salvador (FGRS) solicitara antejuicio y desafuero contra el diputado titular de ARENA, Alberto Romero, la policía salvadoreña le capturó pero, por “resistencia agresiva” e insultos a la autoridad.
Romero es sindicado de los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero y activos, al detectar que ha tenido y tuvo ingresos sin justificar por un monto total de $1 millón 162,388 dólares estadounidenses (moneda de curso legal-comercial), luego de un informe rendido ante la FGRS, por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia salvadoreña, ubicadas en por lo menos 19 operaciones irregulares.
Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa (AL), informó tras la captura y entrega de Romero, ante Congreso por la fuerza pública, que de inmediato intentarán conformar la comisión de antejuicio en su contra; esto a pesar que fue el pasado día 14, cuando la Cámara de la Segunda Sección del Centro de Cojutepeque, Cojutepeque ciudad cabecera departamental del Cuscatlán (conocida como “la ciudad de las neblinas”) lo declaró civilmente responsable de la sindicación ante la cual, además, deberá devolver al Estado $445 mil 766.05 dólares.
Romero no resulta ser la primera vez que ocupa el banquillo de los acusados. Enfrentó un proceso civil entre el uno de mayo de 2009 y el 30 de abril de 2015. El fallo de la Cámara de Cojutepeque, traerá consigo la inhabilitación a cualquier cargo público por 10 años.
Segundo caso en pocos días
El pasado día 17 del presente mes, fueron capturados otros dos diputados. Erick García Salguero y Nidia Araceli Turcios, su suplente y del partido político Nuevas Ideas, el partido oficialista.
García fue puesto a disposición de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, un día después que el Congreso lo declarara ser sujeto de desaforo, consecuencia de señalamientos por falsedad ideológica ante un notario, contemplado en el artículo 284 del Código Penal y así, suspenderlo en el ejercicio de sus funciones.