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¡Adiós a la chatarra hospitalaria!

El objetivo es la liberación de espacios físicos en centros de salud y hospitales al retirar muebles, inservibles, obsoletos o en desuso.

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Ley disposición de bienes muebles

La décima legislatura aprobó la iniciativa 6379, Ley para la Disposición de Bienes Muebles Inservibles del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS). El objetivo principal es deshacerse de equipos y muebles en desuso, mejorando la calidad de la atención y  servicios de salud para los guatemaltecos.

Dentro de las facultades que presenta esta ley resaltan: la liberación de espacios físicos en centros de salud y hospitales al retirar muebles, inservibles, obsoletos o en desuso. Al hacer esto se espera que mejore el entorno laboral y la atención al público. También establece procedimientos de transparencia para la baja del inventario y disposición final de los bienes.

En su mayoría los bienes tipificados como inservibles son aquellos que tengan más de 10 años de antigüedad en el inventario, que tengan un valor igual o menor a Q5 mil, que se encuentren en evidente o total deterioro, que su reparación sea igual o mayor al 30% de su valor en inventario y aquel equipo que sea peligroso para la salud de los usuarios.

Prohibiciones

Dentro de las prohibiciones destaca el artículo ocho, el cual indica que ningún trabajador del Ministerio de Salud podrá apropiarse o retener alguno de los bienes de desecho en mención.

Esta disposición se espera que cobre vigencia en los próximos días, luego que sea publicado en el diario oficial.

https://twitter.com/centranewsgt/status/1836423343727128959?s=46&t=VCT98b_27tQWK2bL7A2jGw