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El DPI ahora también será tu NIT: SAT oficializa cambio clave para todos los guatemaltecos

¿Imaginas hacer todos tus trámites con un solo número? Pues en Guatemala ya es una realidad. Desde ahora, tu DPI será también tu NIT. Un paso hacia la modernización que promete menos papeleo, más claridad y menos errores en el sistema.

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Desde ahora, el número que aparece en el Documento Personal de Identificación (DPI) también será tu Número de Identificación Tributaria (NIT). Así lo confirmó oficialmente la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) mediante la resolución SAT-DSI-393-2025. Esta resolución fue publicada el 17 de marzo de 2025 en el Diario de Centro América.

La medida forma parte de un proceso de armonización del Código Único de Identificación (CUI). Este es el número que aparece en el DPI y se armonizará con el NIT. ¿El objetivo? Simplificar la vida de los contribuyentes, reducir errores en los sistemas y evitar el uso de múltiples identificadores. Además, facilitará los trámites ante la SAT y otras instituciones del Estado.

Este cambio aplica exclusivamente a personas individuales. Las empresas conservarán su NIT como ha sido hasta ahora. Por su parte, los nuevos contribuyentes —es decir, quienes cumplan 18 años y se inscriban a partir de la entrada en vigencia— recibirán automáticamente como NIT el número de su CUI.

Para quienes ya cuentan con NIT y CUI por separado, la SAT realizará la armonización de manera interna y progresiva. El contribuyente no deberá hacer ninguna gestión.

¿Qué cambia y por qué?

El cambio tiene como base técnica el uso del CUI como identificador único, asignado por el Registro Nacional de las Personas (Renap) desde el nacimiento. Son 13 dígitos que ya se utilizan en pasaportes, licencias, afiliación al IGSS, trámites universitarios y más. La SAT ahora los adopta oficialmente como NIT.

Según la entidad tributaria, este número se podrá usar en relaciones civiles, mercantiles, laborales, financieras, notariales, administrativas y judiciales. Esto, conforme lo establece el Decreto 31-2024, que reforma el artículo 120 del Código Tributario. Esta ley entra en vigencia el 9 de abril de 2025. Sin embargo, la SAT decidió adelantarse al proceso para preparar sus más de 200 sistemas informáticos.

Autoridades de la institución explicaron que la armonización será gradual y que podría tomar hasta cinco años. Ya se ha iniciado en sistemas como el de la Factura Electrónica en Línea (FEL). Actualmente, los contribuyentes ya pueden usar su NIT o su CUI indistintamente para solicitar o emitir facturas.

¿Debo hacer algún trámite?

No. La SAT ha sido enfática en que los ciudadanos no deben realizar ningún trámite adicional, ni presentarse a oficinas ni llenar formularios. El cambio es automático, sin costos adicionales ni requisitos extras.

SAT aclaró que no se están creando nuevos tributos, ni se están afectando remesas, pensiones alimenticias o transferencias bancarias. Tampoco hay intención de fiscalizar pequeños comercios como ventas de tortillas o tiendas de barrio, como lo señalaron algunas cadenas de desinformación.

Se reiteró que no hay nuevos cobros ni modificaciones fiscales por este cambio. El objetivo es facilitar la identificación y reducir el uso de la figura de “Consumidor Final” en la evasión del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esta figura había sido utilizada incluso para registrar compras de hasta Q500 mil.

¿Por qué ha generado polémica?

A pesar de que la resolución fue publicada de manera oficial, su contenido provocó confusión en algunos sectores. Autoridades comunitarias expresaron preocupación por la falta de explicaciones claras y por el posible uso indebido de datos personales.

Como respuesta, la SAT emprendió una serie de encuentros informativos con líderes y comunidades. También reforzó su campaña institucional para aclarar que no se vulneran derechos ni se crean nuevas obligaciones.

También se confirmó que los datos bancarios continúan siendo privados y protegidos por ley. La SAT no puede acceder a ellos sin solicitud formal dentro de los procesos legales correspondientes.

¿Qué beneficios trae esta armonización?

  • Se elimina la necesidad de usar dos números distintos (DPI y NIT).
  • Se reducen errores en bases de datos y registros fiscales.
  • Se facilita el cumplimiento tributario y la trazabilidad de las transacciones.
  • Se evita el mal uso de la figura de “Consumidor Final”.
  • Se optimiza la interoperabilidad entre la SAT y otras instituciones del Estado.

Según datos actualizados, Guatemala cuenta con más de 10.3 millones de contribuyentes inscritos. De estos, 543,236 ya tienen asignado su NIT con los primeros nueve dígitos del CUI. El resto irá migrando conforme avance la armonización.

El proceso ya está en marcha. La SAT mantendrá los NIT actuales durante la transición, pero se promoverá el uso del CUI como número único para todos los trámites. La implementación continuará durante los próximos años hasta alcanzar una unificación total en los sistemas informáticos. Esto tendrá como miras una administración tributaria más moderna, eficiente y cercana al ciudadano.