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Lester Castellanos asume como presidente de la Oficina de Prevención de la Tortura
El Decreto Número 40-2010 del Congreso de la República establece que el fin del mecanismo Nacional de la Oficina de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Guatemala es prevenirla tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes. Este 27 de marzo, Lesther Castellanos Rodas asumió como presidente del pleno de relatores de dicha entidad.
“Acepto el reto y tomo el cargo como presidente del pleno de relatores. Con la fe puesta es mi compromiso hacer bien”,
comentó Castellanos.
Asimismo, reiteró el compromiso de salvaguardar el cumplimiento del mandato y los derechos humanos y garantías mínimas de los privados de libertad del país.
¿Quién es Lester Castellanos?
Castellanos es docente universitario. Estudió su licenciatura, maestrías y doctorados en la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), Mariano Gálvez (UMG), Rafael Landívar (URL) y Universidad del Valle de Guatemala (UVG).
Ha sido capacitador de la Unidad de Capacitación del Organismo Judicial en la Escuela de Estudios Judiciales. Evaluador-formador del Centro de Estudios de Derecho (CEDE) dentro de las actividades académicas y autor de diversas obras científico-académico.
También ha fungido como:
- Juez de Paz y juez de Primera Instancia en el Organismo Judicial (2010-2022)
- Coordinador Nacional de los Centros de Administración de Justicia y Centro de Justicia en la Secretaría Ejecutiva de la Instancia Coordinadora de la Modernización del Sector Justicia (2008-2009)
- Trabajó en Melini & Melini, Propiedad Intelectual, Procesal Civil y Mercantil y Derecho Notarial (2008-2009)
Oficina Nacional de Prevención de la Tortura
El mecanismo nacional es de naturaleza preventiva en materia de tortura o otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
La oficina la conforman cinco relatores titulares e igual número de suplentes. Los suplentes asumen la titularidad ante una vacante o ausencia temporal de un relator.
Ejercen su mandato durante cinco años con la opción para reelegirse para un período más. En la primera elección que se realice, el Congreso de la República designa por sorteo a dos Relatores para un período de cinco años y a tres para un período de tres años.
Con la calidad de comisión del Organismo Legislativo para actuar a nivel nacional en prevención del objeto del mecanismo y tiene como actividad fundamental:
- Verificar las condiciones de privación de libertad en el país, respecto de si se pone en riesgo la dignidad de reclusos, para proteger contra tortura, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- Recomendar y solicitar a todo nivel en territorio y, a autoridades del Estado para que se rectifique ante el riesgo de sufrir cualquier pena de tortura o similares. Además, asegurar la observancia de los Derechos Humanos y conservación de la dignidad humana.
- Evidencia los riesgos del sistema nacional de provocar tortura, así como denuncia y comunica las ocasiones de su posible comisión.
- Rendición anual de informe al Congreso y a la ONU sobre el trabajo realizado en virtud de su objeto y logros alcanzados, así como de la situación respecto de la tortura, tratos o penas crueles inhumanas o degradantes en el país.