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Restricciones para transporte de carga durante fiestas de fin de año

Estas son las restricciones para transporte de carga en Navidad y Año Nuevo 2024-2025. Flujo vial y seguridad priorizados.

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Restricciones para transporte de carga durante fiestas de fin de año
Foto: Archivo / Centra News

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) ha implementado restricciones temporales para la circulación de transporte de carga pesada durante las festividades de Navidad y Año Nuevo de 2024 y 2025. Estas medidas buscan garantizar el flujo vehicular y la seguridad en las principales rutas del país en los días de mayor afluencia de viajeros.

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Detalles de la medida

Las restricciones, contenidas en el Acuerdo Ministerial No. 1474-2024 y publicadas en el Diario de Centro América, se aplican en los siguientes horarios:

  • Desde las 12:00 horas del 24 de diciembre hasta las 24:00 horas del 25 de diciembre de 2024.
  • Desde las 12:00 horas del 31 de diciembre de 2024 hasta las 24:00 horas del 1 de enero de 2025.

El acuerdo define como transporte de carga pesada a los vehículos con un peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas.

Excepciones autorizadas

Se permite la circulación de transporte que movilice productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles y servicios esenciales, como grúas. Estos vehículos no necesitarán permisos adicionales para operar en las fechas mencionadas.

Rutas habilitadas

El transporte de carga pesada podrá circular en los tramos siguientes:

  • Desde el kilómetro 290 de la carretera CA-09-Norte hasta la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y el Puerto Santo Tomás de Castilla, en Izabal.
  • Desde el kilómetro 80 de la carretera CA-09-Sur hasta las instalaciones del Puerto Quetzal, ubicado en el kilómetro 104.

Sanciones y consideraciones

El incumplimiento de estas disposiciones será penalizado conforme a la legislación vigente. Las sanciones se aplicarán mediante controles en carretera y otros mecanismos legales.

La Dirección General de Transportes del CIV será responsable de resolver casos excepcionales relacionados con emergencias nacionales, salud o fuerza mayor no previstos en el acuerdo.