Política en Guatemala
Programa de seguridad conjunta permitirá presencia de agentes de EE. UU. en La Aurora
Guatemala y EE. UU. acuerdan presencia de agentes de CBP en La Aurora para reforzar la seguridad migratoria.

El Ministerio de Gobernación de Guatemala oficializó un memorando de entendimiento con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos, mediante el cual se establece la presencia de oficiales estadounidenses en el Aeropuerto Internacional La Aurora como parte de un nuevo programa de cooperación migratoria y de seguridad fronteriza.
El documento, divulgado por las autoridades guatemaltecas el jueves 3 de julio, detalla los alcances del Programa de Seguridad Conjunta en Guatemala, cuyo objetivo principal es fortalecer la detección de personas vinculadas a actividades criminales o terroristas en puertos y aeropuertos del país. Pese a declaraciones previas de la secretaria de Seguridad Nacional de EE. UU., Kristi Noem, sobre un supuesto acuerdo de “tercer país seguro”, el Ministerio de Gobernación desmintió categóricamente que Guatemala haya asumido dicha figura jurídica.
Alcances del memorando
Según el texto, la iniciativa busca mejorar los mecanismos de intercambio de información, capacitación técnica y aplicación de buenas prácticas migratorias para frenar el paso de individuos que representen una amenaza para la seguridad nacional de ambos países.
El programa contempla la asignación de agentes de la CBP en el Aeropuerto La Aurora, quienes operarán en coordinación con el Ministerio de Gobernación (Mingob) y la Policía Nacional Civil (PNC), bajo la supervisión del jefe de Misión de EE. UU. en Guatemala. Las operaciones deberán realizarse con procedimientos independientes, establecidos de mutuo acuerdo previo al inicio de actividades.
Además, el Ministerio de Gobernación se comprometió a gestionar las autorizaciones internas necesarias para permitir el acceso de personal estadounidense a áreas restringidas del aeropuerto, así como a proveer condiciones logísticas, como espacios de estacionamiento para los vehículos asignados a la misión.
Confidencialidad e intercambio de información
El acuerdo establece como condición la protección de la información compartida entre las partes. No obstante, se aclara que esta disposición no impide la divulgación de datos cuando las leyes del país receptor así lo exijan. En todo caso, el intercambio deberá respetar los principios de confidencialidad y legalidad.
Responsabilidades compartidas
De acuerdo con el memorando, la CBP se encargará de brindar asesoría técnica, capacitación a personal guatemalteco y desarrollo de procedimientos operativos, además de colaborar en la identificación de viajeros considerados de alto riesgo. Por su parte, el Mingob deberá facilitar la infraestructura necesaria para que el programa funcione conforme a lo acordado.
Duración y carácter no vinculante
El memorando no constituye un acuerdo legalmente vinculante, sino un entendimiento técnico entre ambas partes. Cualquiera de los participantes podrá suspender su participación con al menos seis meses de antelación mediante notificación escrita. Asimismo, el documento podrá ser modificado en cualquier momento por consenso mutuo, también por escrito.