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Política en Guatemala

Corte de Constitucionalidad no suspende artículos del pacto colectivo del STEG

La resolución, respaldada por los cinco magistrados titulares de la CC, mantiene vigentes artículos del pacto que otorgan facultades administrativas al STEG. La negociación del nuevo pacto colectivo continúa bajo reserva.

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Corte de Constitucionalidad no suspende artículos del pacto colectivo del STEG
Foto: Archivo / Centra News

La Corte de Constitucionalidad (CC) decidió, por mayoría, no suspender de forma provisional siete artículos del pacto colectivo vigente entre el Ministerio de Educación (Mineduc) y el Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), liderado por Joviel Acevedo.

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La decisión responde a una acción planteada por la Procuraduría General de la Nación (PGN), que considera que dichos artículos otorgan atribuciones indebidas al sindicato y vulneran la institucionalidad del Mineduc.

El pacto colectivo fue aprobado en 2022 durante el gobierno de Alejandro Giammattei. La PGN solicitó la suspensión provisional de varios artículos, argumentando que algunos de ellos transfieren responsabilidades propias del Estado al sindicato y que afectan la gestión educativa pública. Sin embargo, la Corte consideró que no se cumplían las condiciones para suspenderlos mientras se resuelve el fondo del caso.

Decisión dividida en la CC

Aunque la resolución fue firmada por los cinco magistrados titulares de la Corte —Leyla Lemus, Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa, Héctor Hugo Pérez Aguilera y Néster Vásquez—, fuentes del proceso indican que Lemus y Pérez Aguilera votaron a favor de la suspensión provisional. No obstante, al menos tres votos en contra prevalecieron, por lo que los artículos permanecerán vigentes mientras continúa el análisis constitucional.

La decisión implica que el STEG conservará, por ahora, el respaldo legal a disposiciones que el Mineduc considera inconstitucionales, justo en un contexto de negociaciones tensas por un nuevo pacto colectivo. Actualmente, el sindicato mantiene una huelga y un campamento de protesta, exigiendo mejoras salariales. Desde junio, el Mineduc autorizó un aumento del 5% para maestros del sector público, pero el STEG lo considera insuficiente.

Los artículos impugnados

Los siete artículos que la PGN solicitó suspender incluyen cláusulas que amplían la influencia del sindicato en decisiones pedagógicas y administrativas del Mineduc. Entre ellos destacan:

  • Artículo 1, inciso c: Reconoce a otros seis sindicatos, no afiliados al STEG, con los mismos beneficios del pacto.
  • Artículo 20: Requiere el aval del STEG para implementar programas de mejora educativa.
  • Artículo 21, inciso b: Condiciona las capacitaciones docentes a los lineamientos del pacto.
  • Artículos 45, 46 y 47: Establecen juntas mixtas con poder de resolver conflictos laborales.
  • Artículo 62: Menciona prestaciones educativas vinculadas a programas ya eliminados, como el Seguro Médico Escolar.

El ministro de Educación en funciones, Francisco Cabrera, confirmó que aún esperan la notificación oficial de la resolución, pero recordó que el fallo tiene carácter provisional. “Una vez tengamos acceso al documento, se emitirá una postura institucional”, afirmó.

Se abre la puerta a la publicidad del pacto

Además de la acción de inconstitucionalidad, la CC resolvió una apelación relacionada con la confidencialidad del borrador del nuevo pacto colectivo. En su fallo, el alto tribunal revocó una resolución anterior de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que había rechazado una solicitud para hacer público el documento.

La apelación fue presentada por los abogados Édgar Ortiz y Javier Urízar, quienes argumentan que la negociación de fondos públicos no puede mantenerse en secreto. La CC coincidió con ese planteamiento y ordenó a la CSJ —ahora integrada por magistrados electos en octubre pasado— que conozca de nuevo la acción de amparo. La decisión fue adoptada de forma unánime.

“La argumentación emitida por el Tribunal de Amparo de primer grado es errónea”, concluyó la Corte en su resolución.

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