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Política

CC ratifica: Presidente “no puede remover a Fiscal General”

CC confirma: Presidente no puede destituir al Fiscal General. Fallo refuerza independencia del Ministerio Público y separación de poderes.

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CC ratifica Presidente no puede remover a Fiscal General
Foto: Archivo / Centra News

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió, por mayoría, rechazar una acción de inconstitucionalidad presentada contra el artículo 14 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (MP), confirmando así que el presidente de la república no tiene facultades para destituir al Fiscal General.

Cierre de debate jurídico que surgió en octubre

La decisión del alto tribunal constitucional mantiene vigentes las normas que regulan las causas de remoción del titular del Ministerio Público, actualmente encabezado por Consuelo Porras.

El fallo cierra un debate jurídico que surgió en octubre pasado, cuando un grupo de abogados cuestionó la normativa, argumentando que limitaba la capacidad del mandatario para intervenir en la remoción del Fiscal General.

¿Qué establece el artículo 14?

El artículo 14 establece que la destitución solo procede por “causa justificada”, como la comisión de un delito doloso durante el ejercicio del cargo, siempre que exista una sentencia condenatoria firme. Además, se detalla que el Fiscal General debe ser restituido en sus funciones si el proceso judicial es sobreseído o desestimado.

En los últimos meses, diversos sectores, incluidos líderes indígenas y organizaciones civiles, han exigido la salida de Consuelo Porras, “acusándola de obstaculizar procesos democráticos”.

Sin embargo, la resolución de la CC refuerza la independencia del Ministerio Público y establece un precedente sobre la autonomía de este órgano frente al poder ejecutivo.