Política
CC suspende monitoreo de medios en reglamento de Codisra por “posible amenaza a la libertad de expresión”
La CC de Guatemala suspende reglamento de Codisra que permitía monitorear medios, protegiendo la libertad de expresión.
La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala resolvió suspender provisionalmente una disposición del reglamento de la Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo (Codisra) que permitía el monitoreo de medios de comunicación. Esta decisión responde a una acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), quienes argumentaron que la medida podía vulnerar la libertad de expresión.
Sobre el acuerdo gubernativo 189–2024
El monitoreo, establecido mediante el acuerdo gubernativo 189–2024 impulsado por el presidente Bernardo Arévalo, otorgaba a Codisra la facultad de supervisar contenidos de los medios y presentar denuncias en casos de presunta discriminación o racismo contra pueblos indígenas. Sin embargo, la APG consideró que esta disposición era ambigua y podría derivar en censura indirecta.
Durante la sesión celebrada el 19 de diciembre, los magistrados de la CC, en una decisión unánime, determinaron que la palabra “monitoreo” debería ser retirada del reglamento de Codisra mientras se resuelve la acción de inconstitucionalidad de manera definitiva. Los magistrados titulares Néster Vásquez, Leyla Lemus, Dina Ochoa y Héctor Hugo Pérez Aguilera, junto con los suplentes Rony Eulalio López, Walter Paulino Jiménez y Luis Rosales, emitieron la resolución.
CC enfatizó que la libertad de expresión
La CC enfatizó que la libertad de expresión es un pilar fundamental en un sistema democrático y que cualquier medida que pueda interpretarse como una amenaza debe ser examinada con rigor.