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Anuncian restricciones de circulación de transporte pesado para Semana Santa
Del miércoles 5 de abril a partir del mediodía al domingo 9 de abril a las 24:00 horas, entra en vigencia el Acuerdo Ministerial 303-2023 del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) que dicta la restricción de circulación de transporte pesado durante la Semana Santa.
Las excepciones de esta medida son transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas, alimentos y grúas por ser un equipo de servicio.
Este tipo de transporte podrá circular sin problema y sin necesidad de contar con permisos especiales, únicamente dentro de las siguientes rutas:
- Del kilómetro 290 carretera CA-9 Norte a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-9
- Del kilómetro 80 carretera CA-9 Sur a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-9 Sur y al kilómetro 114 carretera CA-9 Sur
En caso de que no se cumpla con la disposición de dicho acuerdo, se sancionará de conformidad con las leyes vigentes.
Tal acuerdo se establece con el propósito de la prevención de accidentes de tránsito debido a la carga vehicular de estas fechas.