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Verifican estado de los 334 centros de votación del departamento de Guatemala

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Verifican estado de los 334 centros de votación del departamento de Guatemala

Autoridades de la Junta Electoral Departamental de Guatemala verificaron los 344 Centros de Votación del departamento de Guatemala, se encuentren en óptimas condiciones para la Segunda Vuelta Electoral.

La Coordinación de Logística de la JEDG evalúa que los centros de votación cuenten con:

  • Energía eléctrica
  • Agua potable
  • Sanitarios,
  • Parqueo y
  • Facilidad de acceso para la población

Con el fin de contribuir a que el proceso electoral sea eficiente y ordenado, la Coordinación de Logística de la Junta Electoral Departamental de Guatemala, JEDG, llevó a cabo evaluaciones exhaustivas de las condiciones de cada uno de los 344 centros de votación ubicados en los 16 municipios que conforman su demarcación territorial.

Estas evaluaciones tienen como propósito principal garantizar que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto en las
próximas elecciones, programadas para el 20 de agosto.

Previo a la primera vuelta electoral, la Coordinación de Logística de la JEDG llevó a cabo un detallado proceso de evaluación que abarcó un total de 505 centros de votación. De esta amplia revisión, el Departamento de Cartografía del Tribunal Supremo Electoral, TSE, seleccionó y confirmó 343 centros de votación para las Elecciones Generales del pasado 25 de junio. Sin embargo, durante los preparativos para la segunda vuelta electoral, el Departamento de Cartografía tomó la decisión de incluir un centro de votación adicional en el municipio de Mixco. Con esta adición, el número total de centros de votación bajo la responsabilidad de la JEDG ascendió a 344 para la segunda vuelta electoral.

La Coordinación de Logística está compuesta por 36 gestores y supervisores, quienes se encargan de
verificar que cada uno de los centros de votación, ubicados en los 16 municipios bajo la demarcación territorial de la JEDG, estén debidamente equipados y en condiciones óptimas para recibir a los
votantes el día de las elecciones. Para ello, han llevado a cabo visitas técnicas en cada uno de los centros de votación, con el objetivo de determinar si se requiere algún tipo de reparación o habilitación
previa a la segunda vuelta electoral.

Los criterios de evaluación son los siguientes:

  • Detección de posibles daños en el centro de votación
  • Disponibilidad de energía eléctrica Suministro de agua potable
  • Instalaciones sanitarias
  • Espacios de estacionamiento
  • Fácil de acceso para la población, entre otros.

Al presentar el informe de las evaluaciones, la Coordinación de Logística de la JEDG proporciona a cada Junta
Electoral Municipal, JEM, un reporte detallado que incluye las condiciones actuales y, de ser el caso, los requerimientos específicos para la mejora de cada centro de votación.

“Reafirmando nuestro compromiso con la facilitación y protección del voto de los guatemaltecos, nuestro equipo de logística sigue avanzando con los preparativos para la segunda vuelta electoral. A partir de la próxima semana, se dará inicio a la distribución del mobiliario electoral en los 344 centros de votación bajo nuestra responsabilidad”.

Álvaro Bravo, Presidente de la Junta Electoral Departamental de Guatemala.

Acerca de JEDG

Según los artículos 171-177 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, las Juntas Electorales Departamentales son “órganos de carácter temporal encargados del proceso electoral en su respectiva jurisdicción” y son responsables de:

  • “Totalizar los resultados provisionales de las votaciones realizadas en el departamento, utilizando para ello, exclusivamente, los documentos recibidos de las Juntas Electorales Municipales”
  • “Señalar dentro de los cinco días siguientes a la elección, una audiencia de revisión de escrutinios de la jurisdicción a su cargo, así como consignar en el acta respectiva el resultado de la ésta”
  • “Enviar al Tribunal Supremo Electoral la documentación relativa a las elecciones
  • presidenciales o de diputaciones al Congreso de la República (Listado Nacional y Distritales) y al Parlamento Centroamericano, una vez realizadas las revisiones contempladas en la Ley”
  • “Declarar el resultado y la validez o nulidad parcial o total de las elecciones municipales en el departamento a su cargo”
  • “Adjudicar los cargos de alcaldías, sindicalías y concejalías titulares y suplentes de los municipios de su jurisdicción”.